Juicio Oral a Adolfo Scilingo - España 2005

Acta de la 35ª Sesión -
24 de Febrero de 2005
Audiencia Nacional
Sala de lo Penal
Sección Tercera.
Acta de Juicio Oral (35ª Sesión)
Ilmo. Sr. Presidente:
-
D. Fernando García Nicolás
Ilmo. Sres. Magistrados:
-
D. Jorge Campos Martínez
-
D. José Ricardo de Prada Solaesa (Ponente)
En Madrid, 24 de febrero de 2005
Constituido este Tribunal en Audiencia Pública con
los Ilmo. Sres que al margen se anotan, con asistencia del Fiscal Istmo. Sra.
Doña Dolores Delgado García que se halla presente en la vista del Juicio Oral
del Rollo 139/1997, del sumario 19/1997 del Juzgado Central de Instrucción n. 5
y de mi, el Secretario, se procede a la grabación video gráfica de la sesión,
comparece el procesado.
Adolfo Francisco Scilingo Manzorro.
Asistido por el letrado: D. Fernando Martínez-Morata López
-
Comparece como Acusación Particular 1, la defensa
de Graciela Palacios de Lois y otros defendida por el Letrado Don Enrique
Santiago Romero, siendo sustituido por la Acusación popular numero 4
-
Comparece como Acusación Particular 2 y 5, en
defensa de Doña Enriqueta Estela Barnes Carloto y otra, el letrado Don Jaime
Sanz de Bremon.
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Comparece como Acusación particular 3, la defensa
de Doña Marta Bettini Francese y otros defendida por la letrada Doña Carmen
Lamarca Pérez, sustituida en este acto por la Acusación popular 4
-
Comparece como Acusación Particular, 4 y popular
6, la defensa de Doña Hebe Maria Pastor, defendida por el letrado Don Manuel
Olle Sese, sustituido en este acto por la Acusación Popular 4.
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Comparece por la Acusación Popular 1, en defensa
de COSOFAN y otros, el letrado Don Carlos Slepoy Prada.
-
Por la Acusación Popular 2, representando a
Izquierda Unida, comparece la letrada Doña Virginia Díaz Sanz, sustituida en
este acto por la Acusación Popular 4.
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Por la Acusación popular 3, representando a
Iniciativa Per Cataluña, comparece el letrado D. Juan Puig de la Bella Casa.
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Por la acusación Popular 4, representando a la
Asociación Argentina de D.H., el letrado Don Antonio Segura Hernández.
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Comparece como acusación popular 5, en defensa de
Asociación Libre de Abogados y otras, el letrado Don José Luis Galán Martín
-
No comparece la acusación popular 7.
A las 16.15, horas, con mi asistencia, se declaro
abierta la sesión por el Ilmo. Sr., Presidente y a la voz de Audiencia Publica,
y que por mi, el Secretario, se dio cuenta en legal forma de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley.
Se da cuenta de la presentación por las acusaciones
de un escrito solicitando se acuerde lo oportuna para la incorporación a la
rogatoria de la documentación ofrecida en su declaración por Doña Maria Careaga.
Preguntada la defensa, manifiesta que esta a lo que
acuerde la Sala en cuenta a la unión a la rogatoria de lo solicitado por
determinadas defensas.
La presidencia acuerda la unión a la rogatoria de
la documentación aportada por la Señora Maria Careaga, lo que se comunicara al
Juez Sr. Bonadio para que la una a la rogatoria y haga llegar a este Tribunal a
la mayor brevedad.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Presidente se continúa
con la PRUEBA TESTIFICAL por VIDEOCONFERENCIA desde Buenos Aires.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente, se
establece contracto por videoconferencia con el Juez Sr. Bonadio de Buenos
Aires. Se le hace saber lo resuelto por el Tribunal y remitirá a la mayor
brevedad la documentación aportada por doña Maria Careaga, que se trata de una
publicación sobre su detención.
Por el Juez Sr. Bonadio se da cuenta de la
comparecencia de los testigos en el día de hoy.
Comparece el testigo Jorge Enrique Perren-
Habiendo sido identificado por la Corte Argentina y advertidos de los derechos y
obligaciones que tiene como testigo, Por el Juez Sr. Bonadio se comunica que
dicho testigo esta imputado tanto en Argentina como en España por hechos
similares, por lo que debe recibirsele declaración en forma de indagatoria, en
presencia de Letrado, que ha nombrado en este acto siendo asistido por el Dr.
Solari , que ha quedado enterado de la causa, y que las preguntas las hace la
defensa del procesado Sr. Scilingo..
Se hace saber al Tribunal que el Sr. Perren ha
presentado escrito con similares consideración a los presentados en el día de
ayer por los testigos citados.
Se hace saber por la Sala que el Tribunal Supremo
de España mantiene la competencia en este procedimiento.
Preguntado si desea declarar sobre lo que se le
pregunte, dice::
Que no contestara a ninguna pregunta por no
reconocer la competencia de los Tribunales Españoles, y se ampara en el Art. 18
de la Constitución Argentina.
Por la defensa, se leen las preguntas que se
querían realizar al testigo, presentando la mismas además por escrito que se une
seguidamente.
Se pregunta una vez leídas las preguntas si quiere
declarar voluntariamente, y por el testigo se reitera en no contestar ninguna
pregunta por las razones aducidas.
Es llamado y comparece el testigo Carlos Jose
Pazo- Habiendo sido identificado por la Corte Argentina y advertidos de los
derechos y obligaciones que tiene como testigo, Por el Juez Sr. Bonadio se
comunica que dicho testigo esta imputado tanto en Argentina como en España por
hechos similares, por lo que debe recibírsele declaración en forma de
indagatoria, en presencia de Letrado, que ha nombrado en este acto siendo
asistido por el Dr. Solari, que ha quedado enterado de la causa, y que las
preguntas las hace la defensa del procesado Sr. Scilingo..
Se hace saber al Tribunal que el Sr. Pazo ha
presentado escrito con similares consideración a los presentados en el día de
ayer por los testigos citados.
Se hace saber por la Sala que el Tribunal Supremo
de España mantiene la competencia en este procedimiento.
Preguntado si desea declarar sobre lo que se le
pregunte, dice:
Que no contestara a ninguna pregunta por no
reconocer la competencia de los Tribunales Españoles, y se ampara en el Art. 18
de la Constitución Argentina.
Por la defensa, se leen las preguntas que se
querían realizar al testigo, presentando la mismas además por escrito que se une
seguidamente.
Se pregunta una vez leídas las preguntas si quiere
declarar voluntariamente, y por el testigo se reitera en no contestar ninguna
pregunta por las razones aducidas.
Es llamado y comparece el testigo. JORGE OSWALDO
FERRE, habiendo sido identificado por la Corte Argentina y advertido de los
derechos y obligaciones que tiene como testigo, por el Juez Sr. Bonadio se
comunica que a dicho testigo no se le sigue causa alguna por las Autoridades
Judiciales de Argentina, pero que el mismo una vez enterado de los hechos por
los que ha sido citado SE NIEGA A JURAR Y A DECLARAR, que ha presentado escrito
en los mismos términos que los anteriores, y manifiesta que puede existir una
acción latente por hechos similares, y no quiere responder por hechos que le
pueden perjudicar.
Por el Tribunal español se hace saber al argentino
que en España se sanciona la negación a testificar como delito de desobediencia,
e incluso como denegación de auxilio a la justicia.
El Tribunal argentino, manifiesta, que el testigo
es consciente de ello.
El Tribunal español informa de la posibles
consecuencia que puede tener tal negativa, en caso de venir el testigo a España,
"ius soli".y que el Tribunal argentino tome las medidas oportunas si así lo
estima procedente según la legislación de ese país
Por el Presidente se le hace saber que las
preguntas las dirige la defensa del procesado Sr. Scilingo, y que en este acto
las lee la defensa, y las une presenta por escrito que se une a continuación.
Se pregunta una vez leídas las preguntas, si quiere
declarar voluntariamente, y por el testigo se hacen las siguientes
manifestaciones:
Que no quiere jurar ni declarar: 1) Por el hecho de
haber estado en actividad de funciones profesionales en la época por la que se
esta tratando en este momento. 2) Ignorar las atribuciones y derechos de los
protagonistas en el Derecho Argentino.
Es llamado y comparece el testigo Ricardo
Guerello - Habiendo sido identificado por la Corte Argentina y advertidos de
los derechos y obligaciones que tiene como testigo, Por el Juez Sr. Bonadio se
comunica que dicho testigo esta imputado tanto en Argentina por hechos
similares, por lo que debe se recibírsela declaración en forma de indagatoria,
en presencia de Letrado, que ha nombrado en este acto siendo asistido por el Dr.
Solari, que ha quedado enterado de la causa, y que las preguntas las hace la
defensa del procesado Sr. Scilingo..
Se hace saber al Tribunal que el Sr. Guerello ha
presentado escrito con similares consideración a los presentados en el día de
ayer por los testigos citados.
Se hace saber que el Tribunal Supremo de España
mantiene la competencia en este procedimiento.
Preguntado si desea declarar sobre lo que se le
pregunte, dice:
Que no contestara a ninguna pregunta por no
reconocer la competencia de los Tribunales Españoles, y se ampara en el Art. 18
de la Constitución Argentina.
Por la defensa, se leen las preguntas que se
querían realizar al testigo, presentando la mismas además por escrito que se une
seguidamente.
Se pregunta una vez leídas las preguntas si quiere
declarar voluntariamente, y por el testigo se reitera en no contestar ninguna
pregunta por las razones aducidas.
No se realizan preguntas por las acusaciones ni
Ministerio Fiscal en cuanto a los anteriores testigos ni las van a presentar por
escrito.
Por el Juez Sr. Bonadio se hace saber que de los
testigos citados para declarar por videoconferencia para el día 28 de febrero
próximo, han fallecido Ubaldo F. Couceyro y Eduardo Hugo Chiocci.
Por el Ministerio Fiscal se solicita que se una a
la rogatoria el escrito presentado por el testigo GONZALO TORRES DE TOLOSA, que
hizo entrega en el Tribunal argentino en los mismos términos que el aportado por
los anteriores, informándose por el Juez Sr. Bonadio que así se llevara a efecto
uniendo el escrito a la rogatoria.
Por el Ilmo., Sr. Presidente se suspende la vista
de juicio oral que se reanudara el día 28 de febrero de 2005 a las 10.30 horas.
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