3. Resolución de Cámara de Diputados Nº 18/84
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE:
1º) Modifícase el Artículo 52 del Reglamento Interno de esta Cámara de
Diputados, creándose la Comisión Permanente de los Derechos Humanos.
2º) Incorpórase como Artículo 61 bis, del Reglamento Interno el siguiente:
"Será competencia de la Comisión Permanente de los Derechos Humanos
investigar y dictaminar sobre presuntas violaciones a la plena vigencia
de las garantías y derechos individuales, establecidas por las
Constituciones Nacional y Provincial y leyes vigentes, que ocurran o
hayan ocurrido en jurisdicción del Estado Provincial, como así también
sobre las transgresiones que a tales disposiciones legales infrinjan
los organismos del Estado, las corporaciones públicas, entidades
privadas o los particulares".
3º).- La Comisión Permanente de los Derechos Humanos estará integrada
por seis (6) legisladores y de conformidad a lo normado por el Artículo
66 y concordantes del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados.
4º) Regístrese, comuníquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia
del Chaco, a los veintiseis días del mes de abril de mil novecientos
ochenta y cuatro.
EDUARDO SANTIAGO TAIBBI
Secretario
Cámara de Diputados
RAÚL BITTEL
Presidente
Cámara de Diputados