G. El compromiso de impunidad
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Invariablemente toda sociedad se ha inquietado ante la posibilidad de
que algunos crímenes quedaran impunes. Sin embargo, la inquietud se
erige en gravísima alarma cuando la impunidad pasa a convertirse en un
elemento previsto para la ejecución del delito, incorporada como coraza
de los hechos y formando parte del «modus operandi» de una conducta
delictiva sistematizada.
Es el caso del terrorismo de Estado. Ya protestaba Hobbes en su
«Leviathan», que no existe crimen más grande que aquel que se perpetra
a conciencia de su impunidad. Por ello mismo, la subversión
institucional inherente a tal situación perjudica seriamente y por un
tiempo díficilmente mensurable la virtud ética que han de contener los
actos gubernamentaIes. Es el caso del gobierno del llamado «Proceso de
Reorganización Nacional».
Aprovechar el estado de indefensión de las víctimas dice absolutamente
todo a acerca de la personalidad de los victimarios. Pero este fenómeno
asume otra dimensión, cuando quien ejerce el poder se autoatribuye
facultades extraordinarias y planifica desde el inicio de su gestión un
sistema completo de ilícitos. Al respecto, ha sido diáfana la
conceptuación producida por el titular del Poder Ejecutivo
Constitucional, en la exposición de motivos de su Decreto 158/83, por
el que ordena el procesamiento de los responsables de la conducción de
los ilícitos, cuando manifestaba: «La Junta Militar que usurpó el
gobierno concibió e instrumentó un plan de operaciones... basado en
métodos manifiestamente ilegales».
Al considerar este juicio presidencial, los hechos criminales
protagonizados distan enteramente de poder considerarse «excesos» o
resultados aleatorios no queridos por sus autores. Por el contrario - a
estar a la definición transcripta - , fue acuñhado desde el origen un
plexo de delitos que por su entidad no registra precedente histórico en
el país y que centralmente se basa en la presunción de que solamente
quedaría librado a la propia conciencia de quienes lo elaboraron y
ejecutaron, sin inclinarse al debido control jurisdiccional o judicial
de las conductas.
Lamentablemente, la asertiva definición presidencial ha sido plenamente
corroborada por la investigación realizada por esta Comisión.
El contexto de impunidad que sirvió de base para la marginación del
debido juicio a los responsables adquiere mayor claridad en ciertos
casos de definición arbitraria, de «detención-desaparición» y/o de
assinato de personalidades notorias en la sociedad ugentina y en el
ámbito internacional. Nos referimos a hombres y mujeres de distinguida
ubicación en la vida del país, por sus roles o especiales calidades
científicas, diplomáticas, religiosas, políticas, empresariales,
sindicales, literarias, etc., en los cuales se simbolizó la convicción
de los ejecutores del terrorismo de Estado, de que jamas serían
convocados a dar cuenta de sus actos.
Este segmento social, tan particularmente representativo, que siempre
ha tenido acceso a fuentes de poder y decisión, ha acudido también esta
vez a esos mismos sectores, sin hallar remedio al secuestro
clandestino, ni a la imputación irresponsable de que fueron víctimas;
sus familiares recurrieron de inmediato a cuanto factor de poder -
especialmente a las propias Fuerzas Armadas - se hallaba a su normal
alcance. Y pese a ello no lograron revertir la injusticia, a veces
convertida en tragedia. Además de estos casos tan especiales por su
sobresaliente figuración en la opinión comúnituia, cabe agregar otros
que, aunque no integraban aquel sector social, las traumáticas
situaciones a que fueron reducidos resultaron altamente difundidas y
cobraron perfiles destacados en la consideración pública, a causa de
que determinadas personalidades o entidades - diplomáticas, políticas,
etc.- se preocuparon activamente por intentar protegerlos y sustraerlos
de la incertidumbre, la oscuridad y el horror, también sin resultados
positivos.
Por el conocimiento de este ataque selectivo sin sanción ni repración
posible, por la comprobación de la total ineficacia de los resortes
clásicos, jurídicos o sociales, de protección personal, se buscó que la
población en su conjunto se sintiera inerme frente a un poder ejercido
con una omnímoda apariencia. Porque suele resultar altamente
redituable, a los fines de ejecutar una política represiva terrorista,
el convencimiento general de que nada ni nadie podrá torcer el curso de
los acontecimientos prefijados.
Seguidamente haremos una muy limitada mención de casos de desaparición,
tortura y muerte de personas cuya detención, por muy diversas
circunstancias, movilizó la intervención de instituciones de muy alta
consideración y reconocimiento social, sin poder conmover el marco de
absoluta impunidad con que actuó la represión ilegal. Aun cuando, sin
duda, la mayor evidencia de ello son los miles de desaparecidos por los
cuales no se ha dado respuesta, a pesar de su invalorable condición de
seres humanos.